DE AUTORÍA DEL CONGRESISTA GUSTAVO RONDÓN
El
pleno del congreso aprobó por unanimidad la iniciativa legislativa del congresista
arequipeño, Gustavo Rondón Fudinaga, que establece medidas de prevención del cáncer
a la piel.
El Dr. Rondón señaló que los índices
de radiación solar se han incrementado
de forma considerable especialmente en Arequipa y como médico resaltó que el
parlamento haya aprobado el proyecto de ley N°1156.
“Es necesario prevenir, cuidar la
salud de los ciudadanos, Piura, Cajamarca, Junín Lima, Arequipa y Moquegua exceden
los niveles de radiación. El cáncer es un problema de salud pública a nivel
mundial, el Perú ocupa el cuarto lugar de mortalidad por cáncer, debemos cuidar
la salud en especial de los menores de edad y adultos mayores”, exclamó el congresista
Rondón ante el pleno del congreso.
Es importante, tomar en consideración
que los efectos de la radiación solar son acumulativos e irreversibles. En la
medida que permanezcamos expuestos al sol, aumenta la probabilidad de generar algún
tipo de cáncer.
“El Medical Center de la
Universidad de Chicago (USA), señala que el cáncer a la piel afecta a más gente
en el mundo que cualquier otra forma de cáncer y la principal causa del Cáncer
a la piel es la radiación solar ultravioleta”, indicó el Dr. Rondón.
Según el MINSA el Cáncer a la
piel ocupa el cuarto lugar de incidencia después del Cáncer al estómago, pulmón
y mama.
ALCANCES DEL PROYECTO DE LEY
APROBADO
1. Incorporar, como uniforme escolar dispositivos
de protección de todas aquellas partes del cuerpo que estén expuestas a la
radiación solar ultravioleta en instituciones públicas y privadas.
2. Prohibir actividades escolares con
exposiciones prolongadas a la radiación solar.
3. El Ministerio de Educación incluirá dentro
de su estructura curricular de educación básica regular temas relacionados a
los daños causados por la exposición prolongada a la radiación solar
ultravioleta, que contribuyan a generar una cultura de prevención del cáncer a
la piel.
4. El
empleador promoverá y suministrara a su trabajador bloqueadores solares, ropa
adecuada que permita proteger especialmente todas aquellas partes del cuerpo
que estén expuestas como rostro, cuello, brazos y piernas.
5. El
Ministerio de Trabajo en coordinación con el Ministerio Público, serán los
encargados de fiscalizar y hacer cumplir la normativa en las instituciones
públicas y las empresas privadas.
6. Facultar
a los gobiernos regionales y locales la adquisición e instalación de tecnología
(solomáferos) en zonas públicas que permitan medir los índices de radiación
solar ultravioleta en tiempo real.
7. Los
lugares de esparcimiento público y privado de exposición solar prolongada están
obligados a colocar carteles, anuncios y avisos de recomendación y advertencia:
“La exposición prolongada a la radiación solar produce daños a la salud”.
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